Recuerda que los viticultores tienen que cobrar en 30 días el precio pactado por la uva

ASAJA añade que la bodega debe emitir en un plazo máximo de 15 días la factura

vendimia

ASAJA de Castilla y León ha informado a los viticultores que ya está publicada la normativa que regula el contrato-tipo para compraventa de uva con destino a su transformación en vino, que regirá desde el próximo jueves 1 de agosto hasta el 31 de julio de 2027, es decir, tres campañas vitivinícolas.

Este contrato-tipo es acordado y propuesto por el propio sector a través de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE), y está validado posteriormente por el Ministerio de Agricultura.

La Ley de la Cadena Alimentaria obliga a que todas las entregas de la uva y de cualquier producto estén amparadas por un contrato que recoja el compromiso de compraventa entre bodega y viticultor, en el que se acuerde el precio pactado entre ellos, atendiendo a criterios de volumen y también de calidad. “Ambas partes pactan libremente el precio, pero hay un requisito claro y que marca la Ley: que no se venda a pérdidas, que siempre se cubran los costes de producción”, recalca ASAJA.

Factura, en quince días

Para que se cumpla el contrato es preciso que, una vez entregada la mercancía, la bodega emita en un plazo máximo de 15 días la factura, y que en un plazo no superior a treinta días pague lo estipulado en el contrato. “Estos puntos son fundamentales y por desgracia no siempre se cumplen, muchos viticultores sufren importantes demoras en los pagos y en la facturación”, apunta la organización profesional agraria.

ASAJA defiende que todas las ventas de todos los productos agrarios estén amparadas por contrato, tal como obliga la propia Ley de la Cadena Alimentaria.

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