Agricultores y ganaderos todavía pueden solicitar la exención del IBI de rústica por sequía

La medida fiscal afecta a todo el territorio nacional

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El agricultor o ganadero que aún no haya reclamado la exención en las cuotas del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio de 2023 todavía pueden hacerlo.

La medida fiscal afecta a todo el territorio nacional y el Estado compensará a las entidades locales por su aplicación, como contempla el Real Decreto-ley 4/2023 que el Gobierno de España aprobó en mayo con medidas urgentes en materia agraria y de aguas, en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario por el conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas.

Desde ASAJA Sevilla recuerdan que el RD contempla la exención del IBI de naturaleza rústica a favor de los bienes inmuebles que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, siempre que hayan sufrido en el ejercicio 2023 una reducción del rendimiento neto de las actividades agrarias de, al menos, un 30 % con respecto a la media de los últimos tres años (20% en zonas con limitaciones naturales), es decir, 2020, 2021 y 2022.

La solicitud ya se encuentra disponible, pero al no haber finalizado aun el ejercicio 2023 y, por tanto, no tener la información fiscal necesaria para demostrar el cumplimiento de los requisitos para obtener la devolución, recomiendan esperar al año 2024 para solicitar dicha devolución.

Ejercicio 2022

También se puede solicitar la exención de la cuota del IBI correspondiente al ejercicio 2022 por sequía para aquellos bienes inmuebles que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, siempre que los titulares de dichas explotaciones hayan sufrido en el ejercicio 2021 pérdidas de ingresos en las mismas de, al menos, un 30% con respecto a la media de los años 2018, 2019 y 2020 (20% en zonas con limitaciones naturales).

Las solicitudes se realizan a través de los ayuntamientos.

Imagen: ASAJA Sevilla

 

 

 

 

 

 

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