Agricultores deben realizar la declaración de superficies de la campaña PAC en base a la realidad del terreno

No obstante, para garantizar una cierta estabilidad durante el proceso declarativo, antes del inicio del periodo de presentación de la solicitud única de la Política Agrícola Común, se toma una “foto fija” de la base de datos. Esta copia es la que se conoce como “Caché de campaña” y es la que se puede consultar a través del Visor, del servicio WMS y del servicio de descargas del SIGPAC nacional

MAPA SIGPAC

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha informado que desde el 1 de febrero de 2022 se puede consultar a través del Visor y del servicio web de mapas (WMS) del SIGPAC nacional, la caché de campaña 2022 en base a la cual se deberán declarar las superficies en el contexto de la Solicitud Única de Ayudas de la Política Agrícola Común (PAC).

El SIGPAC es el sistema de identificación de parcelas agrarias previsto en la normativa comunitaria que regula el sistema integrado de gestión y control de la PAC. Desde el 1 de enero de 2005, el SIGPAC es la única base de referencia para la identificación de las parcelas agrícolas en el marco de la PAC, aunque, de forma excepcional, en determinadas áreas, las comunidades autónomas pueden determinar el uso temporal de otras referencias oficiales identificativas de parcelas.

La Base de Datos del SIGPAC se actualiza continuamente a través de varios procesos en los que participan tanto las comunidades autónomas como el FEGA, en convergencia con Catastro, solicitudes de modificación del SIGPAC presentadas por los agricultores, integración de resultados de los controles, renovación de ortofoto, integración de obras civiles, etc.

No obstante, para garantizar una cierta estabilidad durante el proceso declarativo, antes del inicio del periodo de presentación de la solicitud única de la PAC, se toma una “foto fija” de la base de datos. Esta copia es la que se conoce como “Caché de campaña” y es la que se puede consultar a través del Visor, del servicio WMS y del servicio de descargas del SIGPAC nacional.

No obstante, debe tenerse en cuenta que los agricultores deben realizar la declaración de superficies en base a la realidad del terreno. En el caso de que el SIGPAC no refleje la situación real de las parcelas y si observa que sus recintos no están correctamente delimitados o si ha cambiado el uso de algún recinto, el productor lo notificará a la Administración a través de la oportuna solicitud de modificación al SIGPAC. Un recinto incorrectamente delimitado puede dar lugar a una reducción de las ayudas solicitadas, especialmente si incluye elementos que no son subvencionables.

 

 

 

 

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