La nueva norma de calidad del aceite de oliva y orujo de oliva, regulada por el Real Decreto 760/2021, de 31 de agosto, establece la obligatoriedad de registrar los movimientos de aceite a granel y que éstos vayan amparados por un documento de acompañamiento y un boletín de análisis que garantice la categoría declarada.
Para facilitar su aplicación el ministerio puso en funcionamiento el pasado 1 de octubre un sistema informatizado de registro de movimientos de aceites de oliva y de orujo de oliva a granel, REMOA, que en su primer mes de funcionamiento ha registrado 7.268 de movimientos.
Los operadores pueden acceder al REMOA a través de la página web de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), y del módulo sobre “Registro de movimientos de aceite de oliva y de orujo de oliva a granel”.
Asimismo, desde el comienzo de la obligación de este sistema de trazabilidad, hay a disposición de los operadores un servicio de atención al usuario en el teléfono 913225090 y el correo electrónico cauremoa@tragsa.es, donde se pueden consultar las dudas o problemática que pueda surgir en el deber de registrar los movimientos de estos productos.
Además, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado en su página web un documento con preguntas y respuestas para resolver las dudas más comunes que la nueva norma de calidad del aceite de oliva y orujo de oliva puede originar entre los operadores del sector que deben adaptar a su actividad esta nueva regulación.