El Ministerio de Hacienda ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la normativa para la estimación objetiva de los módulos agrícolas y ganaderos para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el régimen especial simplificado del impuesto sobre el valor añadido (IVA).
La disposición no presenta novedades con respecto a la que se publicó en noviembre del año pasado y, por el momento, no incluye las posibles reducciones de módulos a sectores y territorios concretos afectados por circunstancias excepcionales en 2018, que se recogerán en la Orden que se publique en marzo o abril del año que viene.
Por lo tanto, el texto publicado mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos que se alcanzaron en la Mesa de Trabajo Autónomo y también las rebajas que desde hace unos años se aplican al índice de rendimiento neto de la uva de mesa, flores y plantas ornamentales y tabaco.
En lo que respecta a los límites de permanencia en este régimen, se mantiene el relativo a ingresos en 250.000 euros.